Monitorio especializado profesionales, autónomos y empresas
Recuperamos deudas impagadas de forma rápida y eficiente mediante procedimiento monitorio, con un enfoque práctico en facturas, servicios, suministros y relaciones B2B. Gestionamos la reclamación en toda España, de principio a fin, desde la preparación documental hasta la ejecución, minimizando tiempos y costes procesales.
Servicio personalizado alejado de los despachos generalistas que incluye:
- Interlocución en español, francés o inglés.
- Análisis de viabilidad del monitorio y estrategia de recobro (monitorio, ordinario/verbal o ejecución, según documentación y cuantía).
- Revisión y preparación de documentación de soporte: facturas, albaranes, contratos, presupuestos aceptados, correos, certificaciones, extractos y cualquier acreditación del crédito.
- Redacción y presentación de la petición inicial de procedimiento monitorio.
- Identificación del juzgado dónde debe presentarse.
- Gestión integral de notificaciones, incidencias y averiguación de domicilio del deudor cuando sea necesario.
- Negociación y formalización de acuerdos de pago (pago único, fraccionamientos, reconocimiento de deuda), y control de su cumplimiento.
- Actuación ante pago, incomparecencia del deudor o oposición, incluyendo la transformación al procedimiento que corresponda y la dirección letrada del litigio.
- Solicitud y tramitación de ejecución: embargo de cuentas, sueldos, devoluciones, bienes muebles e inmuebles, y seguimiento hasta el cobro.
¿En qué consiste el procedimiento monitorio?
El procedimiento monitorio es un mecanismo judicial diseñado para reclamar de forma ágil deudas dinerarias que sean líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, cuando el acreedor dispone de documentación que permite acreditar, de manera suficiente, la existencia de la deuda (por ejemplo, facturas, contratos, pedidos, albaranes, certificaciones, comunicaciones electrónicas o cualquier soporte habitual en el tráfico mercantil).
Su finalidad es doble: (i) facilitar un requerimiento judicial de pago al deudor y (ii) permitir, si el deudor no reacciona adecuadamente, obtener un título que posibilite pasar a ejecución y embargar bienes sin necesidad de un juicio declarativo completo.
El procedimiento se inicia con una petición inicial presentada por el acreedor, acompañada de los documentos que justifican el crédito y con identificación del deudor y domicilios de notificación. Admitida la solicitud, el órgano judicial requiere al deudor para que, en un plazo legal, pague la deuda reclamada, o bien se oponga alegando las razones por las que entiende que no debe total o parcialmente.
A partir de ahí, pueden producirse tres escenarios habituales:
- si el deudor paga, el procedimiento termina y se documenta el pago;
- si el deudor no paga ni se opone, se habilita la vía para solicitar el despacho de ejecución, pudiendo interesarse embargos para el cobro forzoso; y
- si el deudor formula oposición, el asunto se encauza al procedimiento declarativo que corresponda en función de la cuantía y naturaleza de la reclamación, continuando la reclamación como litigio contradictorio hasta sentencia, sin perder la trazabilidad documental y procesal ya iniciada.
En el ámbito de profesionales, autónomos y empresas, la clave del éxito del monitorio está en la preparación probatoria desde el inicio (cadena documental de la prestación, aceptación, entrega y vencimiento), la correcta identificación del deudor y la elección táctica de las pretensiones (principal, intereses, y en su caso conceptos accesorios), así como en la capacidad de reaccionar con rapidez ante incidencias de notificación u oposición. Por ello, nuestro servicio se orienta a convertir la documentación mercantil disponible en una reclamación procesal sólida, con seguimiento continuo hasta el cobro o, si procede, hasta la ejecución.
Puede cosultarnos sus dudas sin compromiso alguno.